COORDINADOR DE SEGURIDAD


COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD

Una de las figuras más importantes en prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción es el coordinador de seguridad y salud, indispensable para que se mantengan los principios preventivos dentro del ámbito de la construcción.
El coordinador de seguridad y salud (CSS) es designado por el promotor y es el técnico competente integrado en la dirección facultativa que lleva a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997 sobre «obligaciones del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra».

El coordinador será quien apruebe el plan de seguridad y salud o, en su caso, presentar las modificaciones pertinentes para poder iniciarse la actividad en la obra.

Son muchas las tareas del Coordinador de Seguridad y Salud, entre ellas destacamos:


  • Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad (artículo 15 LPRL).
  • Planificar las distintas fases de los trabajos.
  • Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y el resto de entidades apliquen de manera coherente los principios del artículo 15 LPRL, durante la ejecución de las siguientes actividades señaladas en el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997:
  • El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.
  • La manipulación de los distintos materiales y la utilización de medios auxiliares.
  • La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de vías de desplazamiento y circulación.
  • El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.
  • La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular de materias y sustancias peligrosas.
  • La recogida de los materiales peligrosos utilizados.

  • El almacenamiento, eliminación o evacuación de los distintos residuos y escombros.
  • La adaptación en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá que dedicarse a distintos trabajos o fases de trabajo.
  • La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
  • Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.
  • Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.
  • También, le queda al coordinador la posibilidad de paralizar los trabajos cuando se encuentre en la obra ante circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores.

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